Canal de ética.
Para relatar, con reserva, conductas contrarias a la ley, al código de conducta o a las políticas del grupo. Anónimo por defecto.
Hay un orden detrás de todo estoQuién puede usarlo y qué relatar
El canal está abierto a colaboradores, proveedores, socios, propietarios, residentes, vecinos de obra y cualquier persona del público. No hace falta probar lo que se relata: basta tener razones para creer que los hechos son verdaderos.
Caben relatos sobre corrupción, fraude, conflicto de intereses, acoso, discriminación, riesgo para la seguridad laboral, daño ambiental, uso indebido de datos y conducta irregular de proveedores o socios.
Este canal no atiende pedidos comerciales ni reclamos de servicio: para ello, use el Contacto. Ante riesgo inmediato para la vida en Brasil, llame al 190 (Policía) o al 193 (Bomberos).
Qué cabe en cada tipo de conducta
La lista siguiente da ejemplos genéricos, para ayudar a elegir el tipo en el formulario. No es una lista cerrada: si los hechos no encajan, elija “Otro” y descríbalos. Equivocarse de categoría no perjudica el relato.
- Corrupción o soborno. Ofrecer, prometer, pedir o aceptar una ventaja indebida (dinero, un regalo fuera de lo habitual, un favor) a cambio de una decisión, licencia, contrato o fiscalización más benigna; pago a un intermediario sin justificación clara.
- Fraude, desvío o registro falso. Medición o factura de un servicio que no se prestó, documento adulterado, desvío de material o de fondos, registro falso de asistencia o de incidente, acuerdo entre competidores en una cotización.
- Conflicto de intereses. Decisión de contratar a una empresa o persona vinculada a quien decide, sin declarar el vínculo; beneficio recibido de quien disputa un contrato; actividad paralela que choca con el deber para con el desarrollo.
- Acoso moral o sexual. Humillación repetida, amenaza, aislamiento deliberado, exigencias abusivas, insinuación o contacto sexual no deseado, chantaje a cambio de un favor o de la permanencia en el trabajo.
- Discriminación. Trato desfavorable por raza, color, origen, sexo, edad, discapacidad, estado civil o situación familiar, entre otros motivos, en la selección, la promoción, la rutina de obra o la elección de un proveedor.
- Seguridad laboral. Trabajo en altura o en excavación sin protección, falta de equipo de protección, presión para ignorar una paralización por riesgo, accidente o casi accidente que no se registró.
- Daño o riesgo ambiental. Descarte irregular de residuos, intervención en área protegida sin licencia visible, derrame, contaminación de un curso de agua, polvo o ruido más allá de lo razonable para el vecindario.
- Uso indebido de datos o información. Acceso a un documento o a datos personales sin necesidad, uso compartido fuera de la finalidad, filtración, uso de información reservada en provecho propio.
- Conducta de proveedor o socio. Incumplimiento de las cláusulas de integridad, subcontratación sin autorización, omisión de un conflicto de intereses, oferta de ventajas a colaboradores.
Garantías
Las garantías siguientes son las que el canal ofrece hoy. Cada una tiene un límite, descrito más adelante en la sección sobre anonimato.
- Anonimato. La identificación es opcional y el canal no guarda la dirección IP de quien relata.
- Reserva. El contenido queda en un registro de acceso restringido, leído solo por quien investiga. El aviso de nuevo relato informa solo el protocolo y la fecha; el texto nunca viaja por e-mail ni WhatsApp.
- Sin represalias. Nadie es castigado por relatar de buena fe, aunque la investigación no confirme el hecho.
- Seguimiento. Al enviar, recibe un protocolo y un código secreto para consultar el avance.
Cómo funciona
- RelatoElija el tipo de conducta y describa qué ocurrió, cuándo, dónde y quién participó. No adjunte archivos: indique dónde están las pruebas.
- Identificación opcionalPor defecto el relato es anónimo. Quien lo prefiera puede informar nombre, e-mail y teléfono, que quedan solo en el registro restringido.
- Protocolo y códigoAparecen una sola vez, en pantalla. Anote ambos: el código no puede recuperarse.
- Registro restringidoEl relato se graba en un registro de acceso restringido. El aviso de nuevo relato informa solo el protocolo y la fecha; el texto nunca viaja por e-mail ni WhatsApp.
- InvestigaciónQuien investiga no puede estar involucrado en el hecho. La primera actualización del avance sale en hasta 10 días hábiles.
- ConsultaCon protocolo y código, consulte el avance abajo: recibido, en investigación, concluido o archivado, con la fecha de la actualización y, cuando exista, una respuesta.
- CierreEl estado del relato, incluido concluido o archivado, aparece en la misma consulta.
Cómo escribir un relato que pueda investigarse
Un relato investigable responde a preguntas simples, en el orden en que ocurrieron los hechos. Cuanto más concreto, más posibilidades de que quien investiga pueda verificarlo. El campo acepta hasta 8.000 caracteres y exige al menos 30; “cuándo”, “dónde” y “quién participó” son opcionales, pero ayudan mucho.
- Qué ocurrió. Describa el hecho, no la conclusión. “Vi salir material de la obra sin registro” dice más que “hay desvío”.
- Cuándo. Fecha, período o frecuencia (una vez, cada semana, desde cierto mes).
- Dónde. Desarrollo, frente de obra, sector, o el medio usado (reunión, mensaje, e-mail).
- Quién. Funciones o nombres de quienes participaron, si los conoce. Distinga quién lo hizo, quién lo vio y quién se enteró después.
- Cómo lo sabe. ¿Lo presenció, lo oyó de alguien, lo vio en un documento? Diga cuál, sin suponer más de lo que sabe.
- Pruebas y dónde están. El canal no recibe archivos adjuntos. Indique qué documento, mensaje o registro existe y quién lo guarda, sin copiar su contenido.
- Efecto. Quién fue perjudicado, cuál es el riesgo, si el hecho continúa.
- Qué se hizo ya. Si ya avisó a alguien y cuál fue la respuesta.
Qué no escribir
- Datos de terceros más allá de lo necesario. El nombre, la función y la conducta de los involucrados bastan. Documentos de identidad fiscal, direcciones particulares, teléfonos personales y datos de salud de otras personas rara vez son necesarios para investigar.
- Documentos y archivos. No pegue contratos, fichas, planillas ni conversaciones enteras. Descríbalos e indique dónde están.
- Contraseñas, claves y accesos. Nunca, bajo ninguna hipótesis.
- Suposición presentada como hecho. Separe lo que vio de lo que imagina. Un relato de buena fe no exige certeza, pero acusar sin fundamento perjudica a la persona citada y debilita el relato.
- Detalles que apuntan a usted, si quiere permanecer anónimo. Un cargo que solo una persona ocupa, un horario en que solo usted estaba presente, una conversación en que solo hablaron ustedes dos. Quien investiga puede inferir la autoría por esas señales.
Anonimato y confidencialidad: qué significan y dónde terminan
Las dos palabras no significan lo mismo. Anonimato es que nadie sepa quién relató. Confidencialidad es que se sepa, pero la información llega solo a un conjunto limitado de personas. El canal permite lo primero y, cuando usted elige identificarse, mantiene sus datos en un registro restringido.
- Relato anónimo. El formulario no pide nombre, e-mail ni teléfono, y el canal no guarda la dirección IP. Aun así, el contenido del relato puede revelar la autoría, como se vio en la sección anterior.
- Relato identificado. Nombre, e-mail y teléfono son opcionales y quedan solo en el registro restringido, para que quien investiga pueda hablar con usted. Identificarse no vuelve público el relato.
- Límite del anonimato. Un relato anónimo con poca información limita lo que puede investigarse. La respuesta, cuando exista, aparece en la consulta con protocolo y código.
- Límite de la confidencialidad. Si un hecho exige comunicación a una autoridad pública o una decisión judicial, las reglas legales se aplican por encima de las reglas del canal.
El mismo cuidado vale de su lado: usar un dispositivo de uso exclusivo y evitar redes compartidas reduce el riesgo de que alguien asocie el acceso con el relato.
Protocolo y código secreto
Al enviar el relato, la pantalla muestra un protocolo (formato ET-XXXXXXXX) y un código secreto (formato XXXX-XXXX-XXXX). Ambos aparecen una única vez y no pueden recuperarse. Un botón copia los dos.
- Para qué sirven. Con los dos, cualquier persona consulta el avance del relato en la sección “Consultar avance”. Con los dos, nadie ve el contenido del relato.
- Dónde guardarlos. En un lugar al que solo usted acceda, como un gestor de contraseñas. Evite un dispositivo compartido, el e-mail del trabajo y los chats de grupo.
- Si pierde el código. No hay recuperación: el código aparece una única vez, en pantalla, y la consulta exige protocolo y código.
- Si se equivoca de protocolo o de código al consultar. La página responde que no coinciden, sin decir cuál de los dos está errado.
Datos personales en el relato
Todo relato tiende a contener datos personales: los de quien relata, si se identifica, y los de las personas citadas. Según la Ley General de Protección de Datos de Brasil (Ley 13.709/2018, art. 5), dato personal es la información relacionada con una persona natural identificada o identificable; dato personal sensible es, entre otros, el que revela origen racial o étnico, convicción religiosa, opinión política, salud o vida sexual. Los relatos de discriminación y acoso pueden tocar esos temas.
Tres principios del art. 6 orientan la forma de escribir el relato: finalidad (tratar el dato con un propósito legítimo e informado), necesidad (solo el mínimo pertinente a la finalidad) y seguridad (medidas técnicas y administrativas contra el acceso no autorizado). Es coherente con ello que el formulario solo exija el tipo de conducta y la descripción, no acepte adjuntos y mantenga el contenido en un registro restringido.
Quien se identifica, y quien es citado en un relato, tiene los derechos del art. 18 de la LGPD, entre ellos confirmar el tratamiento, acceder a los datos y corregirlos. La política completa y el encargado están en Privacidad.
Base normativa y referencias de buena práctica
Un canal de denuncia no es un favor: la legislación brasileña lo trata como parte de un programa de integridad, el conjunto de reglas y controles con que una empresa previene, detecta y corrige desvíos. Lo que dice cada norma consultada, y lo que no dice:
- Ley 12.846/2013 (Ley Anticorrupción). Responsabiliza a la empresa, de forma objetiva, por actos lesivos contra la administración pública, como prometer o dar una ventaja indebida a un agente público y defraudar una licitación (arts. 2 y 5). Al aplicar las sanciones se considera la existencia de mecanismos de integridad y de incentivo a la denuncia de irregularidades (art. 7, VIII).
- Decreto 11.129/2022. Reglamenta la ley. Entre los parámetros de evaluación del programa de integridad están canales de denuncia abiertos y ampliamente divulgados a empleados y terceros, con mecanismos de tratamiento de las denuncias y de protección a denunciantes de buena fe (art. 57, X), medidas disciplinarias (XI) e interrupción pronta de las irregularidades (XII). El decreto manda considerar el tamaño y las especificidades de la empresa (art. 57, § 1).
- Ley 14.457/2022, art. 23. Para empresas con Comisión Interna de Prevención de Accidentes y de Acoso (Cipa), exige reglas de conducta contra el acoso sexual y otras formas de violencia, procedimientos de recepción e investigación de denuncias con anonimato garantizado a la persona denunciante, y capacitación al menos cada 12 meses. La recepción de denuncias no sustituye el procedimiento penal (art. 23, § 1).
- Ley 9.029/1995, art. 1. Prohíbe la práctica discriminatoria para el acceso a la relación de trabajo o su mantenimiento por motivo de sexo, origen, raza, color, estado civil, situación familiar, discapacidad, rehabilitación profesional, edad, entre otros.
- Ley 13.709/2018 (LGPD). Fija los principios de finalidad, necesidad y seguridad en el tratamiento de datos personales (art. 6), vistos en la sección anterior.
- Ley 13.608/2018, arts. 4-A a 4-C. Garantiza al informante protección contra represalias y preservación de la identidad, que solo se revela en caso de relevante interés público o interés concreto para la investigación, con comunicación previa y consentimiento formal. Esos artículos se aplican a las unidades de defensoría y de corrección de la administración pública; para empresas privadas valen como referencia de conducta, no como obligación directa.
- Directiva (UE) 2019/1937. Norma europea sobre la protección de quienes denuncian infracciones del derecho de la Unión, sin aplicación en Brasil. Sirve como parámetro comparado: acuse de recibo en 7 días, respuesta en plazo razonable no superior a 3 meses, confidencialidad de la identidad y prohibición de represalias (arts. 9, 16 y 19).
El Canal de ética de InnovaSphere no declara certificación ni conformidad plena con norma alguna; las normas anteriores son referencia. Esta página es informativa y no sustituye el asesoramiento jurídico.
Qué no hace el canal
- No atiende emergencias: un riesgo inmediato para la vida exige el 190 o el 193.
- No sustituye a la policía, al Ministerio Público ni a la Justicia. Un hecho que constituya delito puede ser comunicado también por quien relata a la autoridad competente.
- No promete un resultado ni un castigo determinado.
- No garantiza anonimato absoluto: garantiza que el canal no pide identificación ni guarda la IP, y no controla lo que el contenido del relato revela.
- No recibe adjuntos ni envía el texto del relato por e-mail o WhatsApp.
- No trata pedidos comerciales, presupuestos, cobros ni reclamos de servicio: para eso está el Contacto.
Preguntas frecuentes
¿Necesito pruebas para relatar?
No. Basta la buena fe: razones para creer que los hechos son verdaderos. El canal pide que indique dónde están las pruebas, si existen, para que quien investiga las busque.
¿Y si la investigación no confirma el hecho?
Quien relató de buena fe no es castigado por ello. La protección no cubre a quien relata sabiendo que el hecho es falso: la buena fe es el criterio.
¿Puedo relatar algo que ocurrió hace mucho tiempo?
Sí. Indique la época y dónde hay registro. El tiempo puede dificultar la investigación, pero no impide el relato.
¿Alguien sabrá que fui yo?
En el relato anónimo, el canal no tiene su nombre ni su IP. El riesgo está en el propio contenido: detalles que solo usted conoce pueden apuntar a usted. En el relato identificado, sus datos quedan en el registro restringido, leído solo por quien investiga.
¿Puedo consultar el avance sin identificarme?
Sí. La consulta usa solo el protocolo y el código secreto, y muestra el estado del relato (recibido, en investigación, concluido o archivado), la fecha de la actualización y, cuando exista, una respuesta.
¿Cuánto tarda?
La primera actualización del avance sale en hasta 10 días hábiles.
Perdí el código. ¿Y ahora?
El código aparece una única vez, en pantalla, y no puede recuperarse. Sin él, no es posible consultar el avance.
Sufrí represalias por haber relatado. ¿Qué hago?
La Ley 13.608/2018 describe, como referencia, la protección contra represalias de quien relata (vea la sección de base normativa). En el formulario, elija el tipo más cercano u “Otro” y describa lo ocurrido y cuándo.
¿Puedo relatar también a una autoridad pública?
Sí, en cualquier momento. El canal ni lo impide ni lo sustituye.
Fuentes oficiales
- Ley 12.846/2013 (Ley Anticorrupción), Planalto (portugués).
- Decreto 11.129/2022, Planalto (portugués).
- Ley 14.457/2022, Planalto (portugués).
- Ley 9.029/1995, Planalto (portugués).
- Ley 13.709/2018 (LGPD), Planalto (portugués).
- Ley 13.608/2018, Planalto (portugués).
- Directiva (UE) 2019/1937, EUR-Lex.
Textos consultados el 4 de octubre de 2026.
Relate con reserva.
No adjunte archivos ni datos de terceros más allá de lo necesario. El canal no registra su dirección IP.
Relato recibido.
Anote ahora el protocolo y el código. Aparecen solo esta vez y no pueden recuperarse: sin ellos, no es posible consultar el avance.
- Protocolo
- Código secreto
Guárdelos en un lugar seguro. Quien tenga ambos puede ver el avance, nunca el contenido del relato.
Siga su relato.
Indique el protocolo y el código recibidos al enviar.